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SESENTA AÑOS DE LA CIUDADANIA DE LA MUJER EN MÉXICO

15 de septiembre de 2015
SESENTA AÑOS DE LA CIUDADANIA DE LA MUJER EN MÉXICO

El 17 de octubre de 1953, fue publicado en el diario oficial de la federación, el decreto en virtud del cual se reforma del artículo 34 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de esa fecha la mujer mexicana adquiere la calidad de ciudadana y con ello la titularidad de derechos políticos, como votar en las elecciones y a la vez poder ser electas para un cargo de elección popular.

Este logro, por demás trascendente en la vida política de México, dado que un poco más de la mitad de su población está compuesto por mujeres, no fue sencillo de alcanzar, hubo que recorrer un largo y difícil trayecto, por lo que vale la pena realizar algunas reflexiones y precisiones respecto al tema que se aborda.

En principio, es importante señalar que durante el siglo XIX, las mujeres eran consideradas como una especie de menores de edad, sujetas a la tutela del padre o del hermano, y después del matrimonio al del esposo, por ello no es de extrañar, que no obstante el corte liberal de la Constitución federal de 1857, en el que se reconocía como inherentes de los hombres, derechos como la igualdad y la libertad, se reconociera la calidad de ciudadanos a hombres que no sabían leer ni escribir, situación en la que se encontraba un 80% de los habitantes, pero no a las mujeres.

En esta ley, considerada como fundamental, se estableció en el artículo 34 que tenían la calidad de ciudadanos los mexicanos mayores de 18 años si fueren casados 21 si no lo eran y que además tuvieren un modo honesto de vivir. En la lógica actual, una interpretación de tal disposición nos permitiría arribar a la natural conclusión de que las mujeres también se incluían en tal supuesto, lo que de manera alguna pasó por la mente de los brillantes constituyentes de entonces.

Más adelante, con la revolución mexicana en declive, y no obstante la participación de la mujer en este movimiento armado, ante la petición expresa de otorgar el derecho al voto a la mujer, por parte de Hermila Galindo, secretaria particular de Venustiano Carranza, los constituyentes encargados de redactar la nueva Constitución que habría de promulgarse el 5 de febrero del referido año, al abordar el tema, para justificar la negativa expresaron entre otras razones las siguientes, “ El hecho de que algunas mujeres excepcionales, tengan la condición para ejercer satisfactoriamente, los derechos políticos, no funda la conclusión de que estos deban concederse a la mujer como clase. La dificultad de hacer la selección autoriza la negativa “, consecuentemente en esta nueva Constitución el artículo 34 se insertó en los mismos términos que la de 1857.

SESENTA AÑOS DE LA CIUDADANIA DE LA MUJER EN MÉXICO

El Hecho de que no hubiese una negativa expresa para que las mujeres votaran, influyó para que en los años de 1923 a 1926, algunos estados como Chiapas, San Luís Potosí y Yucatán permitieran a la mujer votar, inclusive en este último, en 1923 se eligieron a las primeras diputadas, destacando Elvia Carrillo Puerto, con cuyo nombre recién se acaba de instituir un reconocimiento por la Cámara de Diputados federal.

En 1935 se fundó el frente único pro derechos de la mujer, que llegó agrupar a 50,000.00 mujeres de distintas tendencias y entre sus reclamos estaba el de derecho al voto. En 1937 Lázaro Cárdenas presenta una iniciativa de reforma para otorgarlo, la que aún cuando fue aprobada tanto por las cámaras de diputados y senadores como por la Legislaturas de los estados, nunca se llegó a publicar, del porqué de la omisión se han dado varios argumentos, destacando el temor de que las mujeres fueran manipuladas por las fuerzas conservadoras es decir la iglesia, y que los votos fueran a favor del contendiente del candidato del partido en el poder.

A iniciativa del presidente Miguel Alemán Valdez, a principios de 1947 se modificó el artículo 115 constitucional y se otorgó el derecho de voto a la mujer en las elecciones municipales, y es a iniciativa del presidente Adolfo Ruiz Córtinez, que se modifica el ya mencionado artículo 34 para reconocer de manera expresa la calidad de ciudadana a la mujer, y permitirle ejercer el sufragio.

Las mujeres votaron por primera vez en una elección federal, en el año de 1955, de entonces a la fecha, su acceso a los cargos de elección popular se ha dado de una manera lenta pero constante, y sin lugar una medida afirmativa que ha permitido mayor presencia de la mujer son las cuotas de género, que obligan a los partidos políticos a respetar porcentajes de género en la postulación y registro de sus candidatos.

POR: EMILIA VELA GONZÁLEZ.

Tags: GobiernoMujeresPolíticaTamaulipas
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